Información General
Estado
Adjudicada
Descripcion
Que el Artículo 28º del D.F.L. Nº1-19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, dispone: "Los servicios públicos son órganos administrativos encargados de satisfacer necesidades colectivas, de manera regular y continua";
Que el Hospital del Salvador como centro de referencia nacional que integra la Red Asistencial Oriente, le corresponde asegurar la atención permanente y continua de los beneficiarios del Sistema Público de Salud de la jurisdicción y especialmente considerando que la atención directa a pacientes en la Unidad de Alimentación del Hospital del Salvador, es de aquellos servicios cuya característica principal es mantener la continuidad de la atención directa a las personas en salud, y el servicio de atención a los pacientes, por su propia naturaleza, no puede ser objeto de esperas o prórrogas, ya que se requiere de una atención inmediata, oportuna e integral;
Que, existe mandato constitucional en el Artículo 19º Nos. 1 y 9, que asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, junto con el derecho a la protección a la salud, asegurando el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo, obligando además al control y coordinación de las acciones relacionadas a la salud;
Que, en virtud del Decreto Nº38/2005, Artículo 23º, letra j), que están dentro de las atribuciones del Director del Hospital Autogestionado, la de celebrar convenios en conformidad al Decreto con Fuerza de Ley N°36 de 1980 del Ministerio de salud, con el objeto que toda clase de personas naturales o jurídicas tomen a su cargo, por cuenta del Establecimiento Autogestionado, alguna de las acciones de salud que a éste correspondan por la vía de la delegación o de otras modalidades de gestión, previa calificación de suficiencia técnica para realizar dichas acciones, como lo es la asistencia dietética de pacientes hospitalizados dentro de su recuperación y rehabilitación;
Dias para cierre
0
Monto estimado
$ 2.911.620.600
Moneda
CLP
Nombre responsable pago
MARIA GABRIELA GARCIA
Fechas
Fecha creación
12-06-2025
Fecha Publicación
12-06-2025
Fecha Cierre
14-07-2025
Fecha Inicio
13-06-2025 16:00
Fecha Final
23-06-2025 16:05
Fecha Publicación Respuesta
25-06-2025 16:00
Fecha Acto Apertura Técnica
14-07-2025 16:01
Fecha Acto Apertura Economica
14-07-2025 16:01
Fecha Adjudicación
30-07-2025 18:58
Fecha Estimada Adjudicación
10-09-2025 13:29
Fecha Usuario
02-01-1900 00:00
Productos y Servicios
Servicio de Producción, Distribución y Asistencia Dietética a pacientes hospitalizados del Hospital del Salvador
| Cantidad | 1.0 Unidad |
| Rubro | Artículos eléctricos y de iluminación / Equipamiento y artículos eléctricos / Equipamiento para distribución y transformación eléctrica |
| Proveedor: | PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD IBAÑEZ LABRA LIMITADA |
| Monto Unitario | $ 2.499.955.200 |
| Total | $ 2.499.955.200 |